En materia de derechos humanos es conocido en general el derecho al ambiente sano, las ideas sobre el desarrollo sustentable y todo el arquetipo de estructura que hace de los derechos humanos una forma de hacer y pensar el Estado y la legislación, pero poco se afronta la contradicción y el antagonismo que existe entre la plena vigencia de los derechos humanos y el sistema civilizatorio capitalista.
En este sentido, abordar uno de los cimientos del capitalismo contemporáneo, como lo es el extractivismo, conjugado con un aspecto doctrinal de los derechos humanos como lo es la sistematicidad en las violaciones a los derechos humanos, se vuelve fundamental para fundamentar una perspectiva anticapitalista que comprenda cómo el derecho internacional de los derechos humanos nos muestra las contradicciones del capital y su natural antagonismo con los derechos humanos de la clase trabajadora.
El extractivismo, haciendo foco en la Argentina, es parte del modelo económico en el que están de acuerdo todos los presidentes y todos los gobernantes, no importa si son de derecha explicita como Javier Milei o Mauricio Macri, o si son peronistas como Cristina Fernández o Alberto Fernández, todos acuerdan con el modelo económico extractivista.
El extractivismo entonces, es parte fundamental de cualquier programa capitalista, sean neoliberales o desarrollistas en sus versiones clásicas o liberal-libertarias, peronistas o progresistas, todos usan el extractivismo en el marco de sus programas económicos. Ahora bien, cuando decimos extractivismo hacemos referencia a un modelo de superexplotación de la naturaleza, de manera intensiva y a gran escala, el ejemplo más claro en la Argentina es Vaca Muerta.
Vaca Muerta funciona como un enclave, sin integración a la economía regional que, mediante la explotación intensiva de los bienes comunes, vende y exporta al extranjero con poco o nulo valor agregado, cuestión que resaltamos para responder a cierto ‘’sentido común’’ que abreva en el desarrollismo progresista, además de ello y siendo expositivamente breve, genera un enorme daño ambiental.
Hay que resaltar con ello, que Vaca Muerte en sentido de producción inicia con la Presidencia de Cristina Fernández y continua hasta hoy. Clarificado así entonces brevemente que el modelo extractivista forma parte del programa económico de las clases dominantes y sus representantes en el gobierno, pasamos a continuación a clarificar el concepto de sistematicidad en las violaciones a los derechos humanos.
En principio debemos explicitar que la sistematicidad como concepto de los derechos humanos fue elaborado principalmente en relación con las dictaduras y los delitos de lesa humanidad, asimismo hay que resaltar que no ha sido definido por ninguna norma internacional, aunque ha sido plasmado en el Estatuto de Roma (1998) constitutivo de la Corte Penal Internacional que se aboca a juzgar individuos que cometieron crímenes denominados graves, también por poner un ejemplo más actual y que se corre de la cuestión exclusiva de delitos de lesa humanidad bajo regímenes dictatoriales o terroristas, están las Directrices básicas para la investigación de violaciones a las personas defensoras de los derechos humanos en las Américas (2017) de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
En este sentido, siguiendo la Revista número 74 del Instituto Interamericano de Derechos Humanos,correspondiente al periodo julio-diciembre de 2021 en el escrito Aproximación al concepto y análisis de la “sistematicidad” en el marco del Sistema Interamericano de Derechos Humanos de Javier A. Galindo P. nos dice:
Al respecto, en el Estatuto de Roma se reconocen como crímenes de lesa humanidad diferentes tipos de actos inhumanos graves (asesinato, exterminio, esclavitud, deportación o traslado forzoso de población, privación grave de la libertad o tortura, entre otros), cuando “se cometa(n) como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ‘’ataque”. El “ataque” es entendido no solamente como una agresión armada, sino incluso como una línea de conducta que involucre la comisión de múltiples actos de violencia.
(…) En resumen, un ataque sistemático se entiende como la ejecución de un conjunto de actos que no suceden por mero azar y que no son aleatorios. Son acciones que responden a ciertas similitudes o patrones y no resulta explicable la coincidencia tanto de acciones como de actores, haciendo referencia a la violencia ejercida de manera organizada, que implica el desarrollo de actividades para idear, planificar y organizar dicho ataque, en donde la violencia ejercida, puede ser activa o tolerada, siendo la primera la comisión de actos inhumanos y la segunda, la tolerancia o aquiescencia del Estado o sus agentes.
Por ejemplo, la consideración de un mismo modus operandi en torno a delitos cometidos contra un número de líderes sociales o dirigentes de movimientos políticos de oposición puede comportar la identificación de un patrón o de un elemento común de sistematicidad’’.
Entonces si bien el concepto de sistematicidad se elaboró para entender e imputar delitos a las dictaduras y sus perpetradores, fue evolucionando hasta marcar que en épocas de paz y democráticas, pueden existir violaciones a los derechos humanos de forma sistemática, aunque para ello se debe cumplir con ciertos patrones, que encontramos en la violación al derecho al ambiente sano, debido justamente al modelo capitalista extractivista.
Para que haya sistematicidad debe haber una organización definida, que planea el ataque, en el objeto de nuestro análisis estos son las clases dominantes, sus pares internacionales y los gobernantes que los representan.
Debe haber también repetición de un hecho violatorio de los derechos humanos, como claramente acurre con el modelo capitalista extractivista que, aprueba leyes en contra de la naturaleza sin consenso social, persigue y encarcela activistas, militantes sociales y a pueblos originarios, contamina y daña el ambiente, usa indiscriminadamente recursos finitos como el agua, genera desplazamientos forzados y saca los dólares del país lo que genera inestabilidad cambiaria, presión devaluatoria, ajustes, déficit e inflación, lo que es concretamente un ataque sobre la economía.
Debe haber factores comunes en las víctimas, a las cuestiones de clase de las víctimas (subalternas) de las fumigaciones y la contaminación producto de grandes emprendimientos mineros, la falta de acceso a la justicia, sumado al desplazamiento forzado de campesinos y pueblos originarios, la nula consulta también a los pueblos originarios sumado a los detenidos arbitrariamente por defender los derechos humanos ambientales por ejemplo en Mendoza, en Chubut o más recientemente quienes fueron detenidos en las puertas del congreso de la nación (de Greenpeace) por defender el derecho al agua en contra de la ley de glaciares, nos muestran el patrón y molde que son prueba de la sistematicidad en las violaciones a los derechos humanos producto del modelo económico capitalista extractivista.
En conclusión, nosotros sabemos que el sistema civilizatorio capitalista es violatorio de los derechos humanos y el ambiente, pero en aras de presentar pruebas y un método de análisis que nos permitan abordar sus consecuencias y explicarlas, resalta la sistematicidad en las violaciones a los derechos humanos, ya que explica cabalmente los patrones y las determinaciones que genera el conjunto del capitalismo en contra del ambiente y del pueblo trabajador.
Para todos, todo.
Damián Ravenna
Presidente
Asamblea Permanente por los Derechos Humanos Zona Norte de la Provincia de Buenos Aires
APDH ZONA NORTE
Imagen de portada: Agencia Tierra Viva