En el Congrés International du Ouvrier Socialiste realizado del 12 al 14 de junio de 1889 en París en el que participó Alejo Peyret por los “groupes” socialistas de Buenos Aires, se discutió un programa de reclamos de legislación social en el cual señalaba una de las resoluciones:
Después de afirmar que la emancipación del Trabajo y de la Humanidad no puede salir más que de la acción internacional del proletariado organizado en partido de clase, apoderándose del poder político por la expropiación de la clase capitalista y la apropiación social de los medios de producción capitalista, que implica la explotación creciente de la clase obrera por la burguesía; que esta explotación, cada día más intensa, tiene por consecuencia la opresión política de la clase obrera, su servidumbre económica y su degeneración física y moral; luchar por todos los medios a su alcance contra una organización social que los aplasta y al mismo tiempo, que amenaza el libre desenvolvimiento de la Humanidad; que de otra parte, se trata ante todo de oponerse a la acción destructora del presente orden económico; decide una legislación protectora y efectiva del trabajo, reclama como base:
1. la limitación de la jornada de trabajo a ocho horas;
2. la prohibición del trabajo infantil;
3. el reposo ininterrumpido de 36 horas;
4. igual salario por igual trabajo (trabajo femenino)
Se resuelve consagrar a partir del año siguiente, el 1º de Mayo, jornada de protesta de los trabajadores, en recuerdo de la huelga revolucionaria de Chicago de 1886, que había concluido trágicamente con la condena a muerte de los obreros anarquistas Albert Parsons, August Spies, Adolph Fischer y George Ángel.
En nuestro país se conmemoró el 1º de mayo y se elevó un petitorio de reivindicaciones, aunque recién en 1904 se inició la discusión en el parlamento, de un Proyecto de Ley Nacional de Trabajo al cual, como contenía una cláusula represiva, las organizaciones obreras se opusieron. Dada esta situación el Partido Socialista fue proponiendo proyectos de ley, como por ejemplo, el descanso dominical, y la Ley de Trabajo de mujeres y menores, sancionadas la primera en 1905 y la segunda en 1907.
Me detendré en algunas consideraciones sobre la segunda.
El desarrollo del sistema capitalista en Argentina seguía las pautas de los países más avanzados, al incorporarse al mundo, lo hacía con las concepciones que regían en ellos.
La economía política concebía las relaciones laborales de las mujeres teniendo en cuenta distintos aspectos:
1. la segregación sexual
2. el salario
3. la clasificación sexual de los empleos: las prácticas de los empleadores
4. categorías y jerarquías
5. legislación protectoria
6. la prohibición del trabajo nocturno
En la publicación de la Federación Obrera Argentina (FOA) El obrero N° 14, del 28/3/1891 se señalaba:
Con la grande industria se ha generalizado el trabajo de las mujeres en las fábricas y en los talleres, junto con el trabajo de los niños, porque en cantidad y calidad iguales, el trabajo de la mujer está menos retribuido que el hombre. El desarrollo de la industria mecánica ha ensanchado la esfera estrecha en que la mujer estaba confinada, la ha liberado de las antiguas funciones domésticas, y al suprimir el esfuerzo muscular, la ha hecho apta para las faenas industriales, la arrancó del hogar doméstico y la arrojó en la fábrica, poniéndola al nivel del hombre ante la producción, pero sin permitir que escape de la dependencia masculina, ni admitiendo su emancipación como obrera para igualarse socialmente con el hombre y para ser dueña de sí misma.
Esta situación, del trabajo en la industria, planteó temas y problemas nuevos.
Podemos afirmar que la lucha por la igualdad de oportunidades entre varones y mujeres, en el ámbito laboral, la encontramos desde los inicios de la organización del movimiento obrero, propugnando entre otras reivindicaciones, la igualdad salarial y el acortamiento de la jornada de trabajo. Las condiciones de trabajo, las largas jornadas agotadoras, afectaban la salud y en algunos casos destruía los cuerpos de varones y mujeres, de ahí que las sucesivas propuestas legislativas apuntaban a revertir las condiciones en que se vendía la fuerza de trabajo.
Con este espíritu en 1910 durante la Segunda Conferencia de Mujeres socialistas, llevada a cabo en Copenhague, Dinamarca, se aceptó la propuesta realizada por la dirigente alemana Clara Zetkin, para conmemorar ese día como Día Internacional de la Mujer Trabajadora.
Alrededor de esta propuesta se desarrolló un debate que merece prestarle atención.
Una de las protagonistas de aquella reunión, Alejandra Kollontay, que en 1917, fue dirigente de la primera revolución socialista del mundo, comentó en sus memorias, la composición social, el sentido de aquella propuesta y el debate con otras corrientes:
“Participé como delegada de la Unión de textileros rusos (…) tuve que intervenir en la lucha entre las dos tendencias sobre la táctica para la conquista de los derechos electorales para las mujeres y sobre el problema de la protección del trabajo femenino. (4) (…) Aquí tuve que apoyar al ala izquierda, encabezada por Zetkin.
En las delegaciones alemana y nórdica dominan los rostros proletarios. En la delegación inglesa, los intelectuales. Se destaca sobremanera la delegación norteamericana: trajes elegantes, modales femeninos y un tono preciso y práctico. Se ve que las norteamericanas están acostumbradas a vivir en público; en los encuentros abiertos se encuentran como en su casa. Las delegadas de Finlandia se apiñan modestas (…)”
Acerca del debate la autora en el texto Mujer, historia y sociedad, vuelve sobre las diferencias con las feministas al señalar:
“El hecho de que la mujer no es únicamente ciudadana y fuerza de trabajo, sino que trae también hijos al mundo, la colocará siempre en una situación particular. Es lo que las feministas se niegan a entender. El proletariado, por su parte, no puede permitirse ignorar esta realidad esencial cuando se trata de elaborar nuevos modos de vida.” (…)
El movimiento feminista burgués se desarrolló a partir de la consigna: “Igualdad de derechos”. La primera consigna de las obreras fue: “Derecho al trabajo”. En los años 1850, las obreras lucharon por las reivindicaciones siguientes:
1. Acceso a los sindicatos en las mismas condiciones que los colegas masculinos.
2. A trabajo igual, salario igual.
3. Protección del trabajo femenino (esta reivindicación apareció a finales del siglo XIX
4. Protección general de la maternidad.
En “Los fundamentos sociales de la cuestión femenina”, Kollontay, se refiere sobre la igualdad política: “Las feministas buscan la igualdad en el marco de la sociedad de clases existente, de ninguna manera atacan la base de esta sociedad.”
Acerca del debate con las feministas, la investigadora norteamericana, Joan Scott, señala que en el siglo XIX, “_las feministas sostenían que las mujeres no necesitaban protección ajena, sino acción colectiva por sí mismas, los legisladores que representaban tanto a los trabajadores/as, contestaron que, puesto que las mujeres excluidas de la mayoría de los sindicatos y parecían incapaces de crear organizaciones propias, necesitaban de una poderosa fuerza que interviniera en su nombre._” p.456
El debate tenía muchas aristas pero es evidente que en relación a la maternidad había que tomar alguna medida, pues no existía ninguna norma y las mujeres parían en el lugar de trabajo, perdían embarazos y luego del parto se tenían que incorporar inmediatamente al empleo, tal como lo registra Federico Engels, en su libro La clase obrera en Inglaterra.
En el año 1892, Paul Lafargue, (yerno de Carlos Marx) diputado del Partido Obrero Francés, propuso “una innovadora política de permiso por maternidad para las trabajadoras francesas, por lo cual se le asignaría un estipendio diario a partir del cuarto mes de embarazo y hasta el final del primer años posterior al parto.”
Uno de los fundamentos: ante la rapaz irrupción del capitalismo en la vida familiar, que empuja a las mujeres y a los niños fuera de la esfera doméstica para transformarlos en instrumentos de producción. Además, propuso que los empleadores debían ser objeto de un impuesto con el fin de sostener el parto pues se trataba de la “función social de las mujeres.”
Sin embargo, en Francia se siguió ignorando a la mujer embarazada hasta 1908. (5)
Reconocemos que la legislación protectoria fue al encuentro de una necesidad y en un contexto en que las mujeres no eran consideradas ciudadanos y no tenían acceso directo al poder político considerándolas vulnerables y dependientes y, en consecuencia, con necesidad de protección.
La vulnerabilidad de las mujeres se describía de muchas maneras: su cuerpo era más débil que el de los hombres, y por tanto, no debían trabajar tantas horas; el trabajo “pervertía” los órganos reproductores y afectaba la capacidad de las mujeres para procrear y criar hijos saludables; el empleo las distraía de sus quehaceres domésticos; los empleos nocturnos las exponían al peligro sexual en el taller, así como en el camino hacia y desde el lugar de trabajo; trabajar junto con hombres o bajo supervisión masculina entrañaba la posibilidad de corrupción moral.
Desde el Estado se reforzaba el status secundario de su actividad productiva.
A través de las luchas hemos conseguido superar muchos de estos obstáculos, aunque esta sociedad desigual constantemente nos somete a situaciones de discriminación.
Este 1º de mayo nos encuentra padeciendo:
1. Precariedad laboral;
2. Condiciones de vida deficientes;
3. Pobreza; salarios depreciados y haberes indignos para jubilados/as;
4. incumplimiento de la legislación de educación;
5. incumplimiento de la legislación sobre derechos sexuales y reproductivos;
6. no aceptación que las mujeres decidan sobre su propio cuerpo, al negar el aborto, legal, seguro y gratuito;
7. falta de una verdadera libertad y democracia sindical.
- Ester Kandel, Escritora. Egresada de la carrera de Ciencias de la Educación de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires.
Bibliografía
• Hirata Helena, Danièle Kergoat, La división sexual del trabajo – Permanencia y cambio, Asociación Trabajo y Sociedad, Argentina, 1997.
• Kandel, Ester, Ley de trabajo de mujeres y menores –Un siglo de su sanción- La doble opresión: reconocimiento tácito, Dunken, 2006.
• Kandel, Ester, 8 de Marzo – Como hace 100 años: Día internacional de la mujer trabajadora, Argenpress, 24 de febrero de 2010.
• Kandel, Ester, Este y aquel 8 de marzo, Día Internacional de la mujer trabajadora, 31 de enero de 2013.
• Kollontay, Alejandra, Extractos de Los fundamentos sociales de la cuestión femenina, escrito en o antes de 1907. Edición, Marxist Internet Archive, mayo de 2011.
Kollontay, Alejandra, Memorias, Editorial Debate, Colección Tribuna Feminista, Madrid, 1979.
Kollontay, Alejandra, El Día de la Mujer, 1913, publicado en la web.
• Kollontay, Alejandra, Mujer, historia y sociedad, – Sobre la liberación de la mujer, Edición Fontamara, Barcelona, 1982.
• Scott, Joan W. La mujer trabajadora en el siglo XIX, en Historia de las mujeres, colección dirigida por Georges Duby y Michele Perrot, Santillana, 1998.